Ganancias si sos Responsable Inscripto: anticipos, declaración y régimen simplificado
Quién paga Ganancias por su actividad, cómo se calcula y, con tu cuenta, los anticipos, la declaración anual en ARCA (ex AFIP), el régimen simplificado de la Ley 27.799 y qué gastos podés deducir.
En esta guía
Si trabajás por tu cuenta y no estás en el Monotributo, pagás Ganancias sobre lo que ganás en el año: lo que facturaste menos los gastos de tu actividad. Se calcula una vez por año, en una declaración jurada, y durante el año se va pagando a cuenta con anticipos.
Esta guía te dice quién lo paga y cómo se calcula. Después, con tu cuenta, los anticipos, la declaración anual, el régimen simplificado de la Ley 27.799 y qué gastos podés deducir.
Quién paga Ganancias por su actividad
Pagás Ganancias por tu actividad si sos una persona humana inscripta en el impuesto. Es el caso de:
- El responsable inscripto: un comercio, un profesional o un oficio que factura A y B y paga IVA aparte.
- El exento en IVA que igual está inscripto en Ganancias, como algunos profesionales cuya actividad no lleva IVA.
Quedan afuera:
- Los monotributistas. La cuota del Monotributo reemplaza a Ganancias y al IVA: lo que facturás por el Monotributo está exento, según el artículo 6 del régimen del Monotributo.
- Las sociedades, como una SAS o una SRL, que pagan Ganancias con sus propias reglas.
Si además tenés un sueldo, Ganancias sobre el sueldo te la retiene tu empleador. En tu declaración suman las dos cosas. Cuándo conviene pasar del Monotributo al régimen general está en Cuándo pasar a Responsable Inscripto.
Cómo se calcula
Para una persona humana, el año fiscal es el año calendario, de enero a diciembre. El cálculo tiene cuatro pasos:
- Tus ingresos del año, lo que facturaste sin el IVA.
- Menos los gastos de la actividad: lo que necesitaste para ganar esa plata, con su factura. Compras, alquiler del local, servicios, sueldos y cargas sociales, tus aportes de autónomo. El resultado es tu ganancia neta.
- Menos las deducciones personales que fija la ley: el mínimo no imponible, la deducción especial por trabajar por tu cuenta y las cargas de familia. ARCA actualiza sus montos todos los años. Lo que queda es la ganancia neta sujeta a impuesto.
- Sobre eso se aplica la escala del artículo 94 de la ley: un impuesto progresivo que va del 5 %1 en el primer tramo al 35 %1 en el último. Los tramos se actualizan por inflación; ARCA publica la tabla de cada año en su página de determinación del impuesto.
Al impuesto que da la escala le restás lo que ya pagaste durante el año: los anticipos, las retenciones y las percepciones que te hicieron. Lo que queda es el saldo a pagar, o a favor.
Un ejemplo de cómo se lee, sin números: una arquitecta que factura todo el año resta el alquiler de su estudio, el software, la movilidad a las obras y sus aportes, después sus deducciones personales, y aplica la escala al resultado. Cada peso de gasto que no tiene factura es un peso que paga impuesto.
La declaración simplificada
Desde el período 2025 hay una forma más simple de declarar, creada por la Ley 27.799: ARCA te propone la declaración y vos la aceptás. Es para quien tiene ingresos totales de hasta $ 1.000.000.000,002 y un patrimonio de hasta $ 10.000.000.000,002, y no es gran contribuyente. No cambia cuánto pagás: cambia qué tenés que informar.
Cómo funcionan los anticipos, cómo se presenta la declaración, los requisitos y la adhesión al régimen simplificado, y qué gastos podés deducir, sigue abajo.
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