Factura a consumidor final: cuándo pedir datos, el tope y el IVA contenido
Qué letra le hacés a un consumidor final, desde qué monto lo tenés que identificar y qué es el IVA contenido que aparece en la Factura B.
En esta guía
La mayoría de las facturas de un comercio, y muchas de las de un profesional o un oficio, van a consumidores finales: personas que compran para ellas, no para un negocio. Es la factura más simple, pero tiene tres reglas que conviene saber: qué letra lleva, desde qué monto tenés que identificar a quien te compra y, si sos responsable inscripto, cómo se informa el IVA que está adentro del precio.
Quién es consumidor final
Es quien compra un bien o contrata un servicio para usarlo él, sin revenderlo ni usarlo en una actividad propia. La familia que te encarga un mueble, el vecino que compra en tu almacén, el paciente que paga una sesión.
Lo que define al consumidor final es la compra, no la persona. Una médica monotributista que compra una heladera para su casa es consumidora final. Si la compra para el consultorio y te pide la factura con su CUIT, deja de serlo: la factura va a nombre de su CUIT, con su condición frente al IVA.
Qué letra le hacés
- Si sos monotributista, Factura C, como a cualquier cliente.
- Si sos responsable inscripto, Factura B.
- Si sos exento en IVA, Factura C.
En todos los casos la factura lleva la leyenda «A CONSUMIDOR FINAL». Los casos del resto de los clientes están en Factura A, B, C o E.
Hasta cuánto sin identificarlo
A un consumidor final podés facturarle sin pedirle ningún dato mientras el importe de la operación sea menor a $ 10.000.000,001. Desde ese monto, inclusive, la factura lo tiene que identificar. Lo fija la Resolución General 5866/2026, que actualizó el tope.
Por debajo del tope, la factura sale con la leyenda y sin datos del comprador. Y aun desde el tope, lo que se exige es el documento: si el sistema te pide nombre, apellido o domicilio, pueden ir como «NR», de «No Requerido».
El tope es por operación
El tope mira el importe de la operación, no lo que la persona te compró en el mes ni el precio de cada ítem. Un cliente que viene todas las semanas a tu local y cada vez gasta poco no llega nunca al tope, aunque en el año te compre mucho. En cambio, una sola venta grande, aunque tenga varios ítems chicos, se mira por su total.
En la práctica, el tope aparece en ventas puntuales de montos altos: un electrodoméstico grande, una obra en una casa, un tratamiento largo pagado de una vez.
Qué dato pedís
Uno de estos:
- DNI, el más común.
- CUIL.
- CDI, la clave de identificación de quien no tiene CUIT ni CUIL.
- Si es extranjero, el documento o la cédula de su país, o el pasaporte.
Un ejemplo: una casa de electrodomésticos vende un aire acondicionado con instalación a una familia. Si el total llega al tope, antes de facturar le pide el DNI a quien paga.
Si la usa para deducir Ganancias
Hay un caso en que el tope no importa. Si tu cliente te pide la factura con su CUIT porque la va a usar para deducir ese gasto en Ganancias, se la hacés con su CUIT, sea cual sea el importe. Pasa, por ejemplo, con algunos gastos que deducen los empleados en relación de dependencia.
El IVA contenido en la Factura B
Si sos responsable inscripto, tu Factura B tiene que decir cuánto IVA hay adentro del precio. Lo pide el Régimen de Transparencia Fiscal al Consumidor, que creó la Ley 27.743 y reglamentó la Resolución General 5614/2024. Rige para todos los responsables inscriptos desde 2025.
El precio no cambia. El consumidor paga lo mismo que antes; la diferencia es que ve cuánto de eso es impuesto.
Qué dice la leyenda
En la parte de abajo, a la izquierda, la factura lleva un recuadro:
- El título «Régimen de Transparencia Fiscal al Consumidor (Ley 27.743)».
- Debajo, «IVA Contenido», con el importe del IVA de la operación.
- Debajo, «Otros Impuestos Nacionales Indirectos», con el de otros impuestos nacionales que están en el precio, como los impuestos internos. Si no hay, el importe es cero.
Un detalle que confunde: el IVA contenido no es el 21 %2 del precio final. Es el 21 %2 del precio neto, que ya está adentro del precio final. Por eso es menos que ese porcentaje aplicado al total. Si tu sistema de facturación lo calcula, no tenés que hacer la cuenta.
Y si sos monotributista
Tu Factura C no lleva ese recuadro. La norma lo arma con el IVA que discrimina un responsable inscripto cuando le vende a un consumidor final, y vos no cobrás IVA: no hay un IVA contenido que informar.
Si algún día pasás a responsable inscripto, tus Facturas B lo van a llevar desde la primera.
Ticket o factura en el mostrador
Al consumidor final le das un comprobante válido. Puede ser una factura electrónica, que le mandás en PDF o le imprimís, o el ticket de un controlador fiscal homologado. Los dos valen, y los dos cumplen las mismas reglas de esta guía: la letra, el tope y, en la B, el IVA contenido.
Lo que cambia es cómo trabajás. Una factura electrónica se autoriza con ARCA por internet en el momento de emitirla; un controlador fiscal es un equipo que habilita ante ARCA un técnico autorizado del proveedor. Si sos monotributista, el Facturador de ARCA emite tickets electrónicos desde el celular.
Lo que no vale como factura es un papel que dice «no válido como factura»: un presupuesto, un remito o el ticket de una caja registradora común. Qué es cada uno está en presupuesto, remito, recibo y factura.
Errores comunes
- Facturarle como consumidor final a una empresa. Si la compra es para su negocio y te da el CUIT, la factura va a su CUIT, con su condición. Si sos responsable inscripto, una empresa responsable inscripta no puede usar una B.
- Hacerle una B a un monotributista, siendo responsable inscripto. Al monotributista le corresponde la A.
- Sumar «+ IVA» siendo monotributista. Tu precio es final.
- No identificar al comprador en una venta que llega al tope. La factura queda mal hecha y, si es B, ARCA la rechaza.
- Negarle la factura con CUIT a quien la pide para deducir Ganancias. Se la tenés que hacer, aunque el importe sea chico.
- Entregar un papel que no es factura. Un presupuesto o un remito no reemplazan al comprobante.
En resumen
- Consumidor final es quien compra para él, no para una actividad propia.
- Le hacés Factura C si sos monotributista o exento, y Factura B si sos responsable inscripto.
- Desde $ 10.000.000,001 lo identificás con su DNI, su CUIL o su CDI. Si te pide la factura con CUIT para Ganancias, se la hacés sin importar el monto.
- La Factura B informa el IVA contenido en un recuadro; la C no lo lleva.
- Al consumidor final le das una factura o un ticket fiscal, nunca un papel no válido como factura.
Fuentes
- 1Boletín Oficial — Resolución General ARCA 5866/2026. Vigente desde el 1 de julio de 2026. Consultada el 27 de septiembre de 2026.
- 2Ley 23.349 de IVA (t.o. Decreto 280/1997), art. 28. Consultada el 24 de septiembre de 2026.
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