Factura A, B, C o E: cuál te toca emitir
La letra sale de tu condición frente al IVA y de la de tu cliente. La regla completa, la A con leyenda que reemplazó a la M, el IVA contenido de la B y los casos que más confunden.
En esta guía
La letra de una factura no se elige por costumbre ni porque el cliente la pida. Sale de dos datos: tu condición frente al IVA y la de tu cliente. Con esos dos datos, la respuesta es una sola.
Esta guía te da la regla completa, te explica qué cambia en cada letra y resuelve los casos que más dudas generan en un negocio chico.
La regla en una tabla
| Vos sos | Tu cliente es | Emitís |
|---|---|---|
| Monotributista o exento en IVA | Cualquiera del país | Factura C |
| Responsable inscripto | Responsable inscripto | Factura A |
| Responsable inscripto | Monotributista | Factura A |
| Responsable inscripto | Consumidor final o exento | Factura B |
| Responsable inscripto | Turista del extranjero | Factura B (o T, en alojamiento) |
| Cualquiera | Un cliente del exterior (exportación) | Factura E |
Es la regla que publica ARCA en su página de comprobantes del régimen general. Si sos monotributista, te alcanza con la primera fila: tus ventas en el país van siempre con Factura C. El resto es para los responsables inscriptos y para quien exporta.
Un responsable inscripto no siempre emite la A común: según lo que evalúe ARCA, puede tocarle una A con leyenda. Está más abajo.
Qué cambia entre una letra y otra
La diferencia de fondo es el IVA: quién lo cobra, cómo se ve en la factura y si tu cliente lo puede usar.
- La Factura A discrimina el IVA. Muestra el neto, el IVA de cada alícuota y el total. Tu cliente, si es responsable inscripto, toma ese IVA como crédito fiscal y lo descuenta del que tiene que pagar. Cómo es esa cuenta está en IVA para Responsables Inscriptos.
- La Factura B muestra el precio final, con el IVA adentro, y abajo informa cuánto IVA contiene. Quien la recibe no puede tomar ese IVA como crédito.
- La Factura C no lleva IVA. Quien la emite no lo cobra, así que no hay IVA que mostrar ni que computar.
- La Factura E es para exportar. No lleva IVA y puede emitirse en la moneda que pactaste con tu cliente.
Factura C
Como monotributista no cobrás IVA. La cuota mensual del Monotributo tiene un componente impositivo que reemplaza al IVA y a Ganancias, y por eso tu factura es C, sin importar a quién le vendas: a un vecino, a un comercio o a una empresa grande.
Un ejemplo: una diseñadora monotributista le hace el logo a una empresa responsable inscripta. Le emite Factura C. La empresa la registra como gasto, pero no descuenta IVA de esa factura, porque no lo tiene.
Si sos exento en IVA por la actividad que hacés, también emitís Factura C. Es un caso menos frecuente; si creés que es el tuyo, confirmalo con tu contador.
Factura A
Si sos responsable inscripto y tu cliente también, emitís Factura A. Necesitás su CUIT: la Factura A no se le hace a alguien sin CUIT.
Cada ítem lleva su alícuota de IVA. La general es 21 %1. Algunos bienes y servicios tienen la reducida, de 10,5 %1, y otros la incrementada, de 27 %1. Qué alícuota lleva cada cosa depende de qué vendés; si tenés dudas con un producto, consultalo una vez y dejalo anotado en tu lista de precios.
También a un monotributista
Esto cambió, y todavía confunde. Durante años, un responsable inscripto le hacía Factura B a un monotributista. Hoy le corresponde la Factura A, informando que el cliente es monotributista, y ARCA rechaza la B para ese caso.
La factura lleva una leyenda que aclara que ese crédito fiscal sólo se puede computar en el régimen de la Ley 27.618. Tu cliente no descuenta ese IVA como lo haría un responsable inscripto: la letra es A, pero para él es un comprobante de compra como cualquier otro.
La A con leyenda: lo que reemplazó a la M
La Factura M ya no existe. La Resolución General 5762/2025 la eliminó desde el 1 de diciembre de 20252. Desde entonces, ARCA habilita a cada responsable inscripto a emitir una de tres variantes de la A, según lo que evalúa de su situación:
| Variante | Quién la emite | Qué hace quien la recibe |
|---|---|---|
| A común | Quien cumple todos los requisitos | Nada especial |
| A con leyenda «PAGO EN CBU INFORMADA» | Quien cumple todo menos la solvencia patrimonial, y elige esta opción | Paga sólo por transferencia o depósito a la cuenta que informó el vendedor |
| A con leyenda «OPERACIÓN SUJETA A RETENCIÓN» | Quien no cumple uno o más requisitos. Es la que recibió quien emitía Factura M | Si es responsable inscripto, al pagar retiene el 100 %2 del IVA y, de Ganancias, el 6 %2 del neto |
La leyenda va junto a la letra, arriba del comprobante. Qué hacer si te toca emitirla, o si la recibís de un proveedor, está en Factura A con leyenda.
Factura B
Si sos responsable inscripto y le vendés a un consumidor final, emitís Factura B. También va Factura B cuando tu cliente es exento en IVA o no está alcanzado por el impuesto, y cuando es un turista del extranjero. Para los hoteles y agencias que le facturan alojamiento a un turista con reintegro del IVA existe además la Factura T.
El IVA contenido
Desde 2025, la Factura B informa cuánto IVA hay adentro del precio. Lo pide el Régimen de Transparencia Fiscal al Consumidor de la Ley 27.743, reglamentado por la Resolución General 5614/2024. En la parte de abajo, a la izquierda, la factura lleva un recuadro con ese título y dos líneas: «IVA Contenido» y «Otros Impuestos Nacionales Indirectos».
El precio no cambia: el consumidor paga lo mismo. Sólo ve cuánto de eso es impuesto. Si sos monotributista, tu Factura C no lleva ese recuadro, porque no cobrás IVA. El detalle está en factura a consumidor final.
El tope de consumidor final
A un consumidor final podés facturarle sin identificarlo mientras el importe sea menor a $ 10.000.000,003. Desde ese monto, la factura lo identifica con su DNI, su CUIL o su CDI; si es extranjero, con su documento o su pasaporte. Y si te pide la factura con su CUIT para deducirla en Ganancias, se la hacés con su CUIT, sea cual sea el importe.
Un ejemplo con dos letras en un mismo día: una ferretería responsable inscripta le vende un juego de llaves a un vecino y le hace Factura B. A la tarde le vende materiales a una constructora responsable inscripta y le hace Factura A.
Factura E
Cuando exportás bienes o servicios emitís Factura E, seas monotributista, exento o responsable inscripto. No lleva IVA y se emite desde un punto de venta de exportación. El paso a paso está en Factura E: cómo facturar al exterior y en dólares.
El caso más común en un negocio chico es la exportación de servicios: un programador que trabaja para una empresa de Estados Unidos, una traductora con clientes en España, un estudio que le hace la marca a una agencia de Chile. Todos facturan con E.
Tres cosas para tener en cuenta:
- Los datos del cliente son otros. No tiene CUIT argentino: se identifica con su país y sus datos del exterior.
- La moneda. Podés facturar en la moneda pactada, por ejemplo en dólares, informando la cotización.
- El cobro tiene sus propias reglas. Cobrar desde el exterior tiene normas cambiarias propias: están en cobrar del exterior. Antes de tu primera exportación, revisá con tu contador cómo te conviene cobrar.
Si exportás bienes físicos, además de la factura hay un trámite aduanero, y lo habitual es hacerlo con un despachante de aduana.
Notas de crédito y débito: la misma letra
Las notas de crédito y de débito corrigen una factura ya emitida y llevan su misma letra. Una Factura A se corrige con una Nota de Crédito A; una Factura C, con una Nota de Crédito C. La nota cita la factura que corrige: tipo, punto de venta y número.
Cómo se hacen y cuándo va cada una está en nota de crédito y nota de débito.
Cómo saber la condición de tu cliente
Si tu cliente es una empresa o un profesional, preguntale su condición frente al IVA y pedile el CUIT. Con el CUIT consultás su constancia de inscripción en la web de ARCA, que muestra en qué régimen está.
Dos buenas costumbres:
- Guardala en la ficha del cliente, así no se la preguntás cada vez.
- Revisala cada tanto. Un monotributista puede pasar a responsable inscripto. Si seguís facturándole con la letra de antes, la factura sale mal.
Los casos que más dudas generan
Soy monotributista y mi cliente me pide Factura A
No podés hacerla. Como monotributista emitís Factura C. Si tu cliente necesita la A para descontar el IVA, la única forma es que vos seas responsable inscripto. Si te pasa seguido, es una señal para revisar tu régimen: está en cuándo pasar a Responsable Inscripto.
Soy responsable inscripto y el cliente no me da su CUIT
Lo facturás como consumidor final, con Factura B. Sin CUIT no hay Factura A, y tu cliente no va a poder tomar el IVA como crédito.
Soy responsable inscripto y un responsable inscripto me hizo Factura B
Esa factura no te sirve para tomar crédito fiscal: la B no discrimina el IVA para vos. Si la compra es para tu negocio, pedile al proveedor que la anule con una nota de crédito y te emita una A.
Le vendo a particulares y a empresas desde el mismo local
Emitís las dos letras desde el mismo punto de venta. Cada letra tiene su propia numeración: la Factura A número 15 y la Factura B número 15 conviven sin problema.
Le vendo a una empresa grande
Si tu negocio es una MiPyME y le vendés a una empresa grande que está obligada a recibirla, desde $ 5.549.862,004 por factura corresponde la Factura de Crédito Electrónica MiPyME. Es una variante de la A, la B o la C, con reglas de pago y de aceptación propias, y ARCA rechaza la factura común cuando correspondía esta. Cuándo es obligatoria y cómo se acepta está en Factura de Crédito Electrónica MiPyME.
Si emitiste la letra equivocada
A veces ARCA la rechaza en el momento, por ejemplo si intentás una Factura A sin CUIT, y no pasa nada: la corregís y volvés a emitir.
Si la factura salió con CAE, ya existe. Emitís una nota de crédito de la misma letra por el total, que la deja sin efecto, y una factura nueva con la letra correcta. Avisale a tu cliente, para que registre la corrección.
En resumen
- Si sos monotributista, tus ventas en el país van siempre con Factura C.
- Si sos responsable inscripto, emitís Factura A a responsables inscriptos y a monotributistas, y Factura B a consumidores finales, exentos y turistas.
- La Factura M ya no existe: la reemplazó la A con leyenda, «PAGO EN CBU INFORMADA» u «OPERACIÓN SUJETA A RETENCIÓN».
- La Factura B informa el IVA contenido en el precio.
- Cuando exportás, emitís Factura E, sin IVA.
- Las notas de crédito y de débito llevan la misma letra que la factura que corrigen.
Fuentes
- 1Ley 23.349 de IVA (t.o. Decreto 280/1997), art. 28. Consultada el 24 de septiembre de 2026.
- 2Boletín Oficial — Resolución General ARCA 5762/2025. Vigente desde el 1 de diciembre de 2025. Consultada el 27 de septiembre de 2026.
- 3Boletín Oficial — Resolución General ARCA 5866/2026. Vigente desde el 1 de julio de 2026. Consultada el 27 de septiembre de 2026.
- 4ARCA — Factura de Crédito Electrónica MiPyME. Vigente desde el 14 de abril de 2026. Consultada el 27 de septiembre de 2026.
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