Profesionales independientes y freelancers: todo para trabajar en regla
Régimen, matrícula, cómo facturar honorarios a empresas, a particulares y al exterior, retenciones, Ingresos Brutos y clientes fijos. Y el orden de guías para seguir.
En esta guía
Contadoras, abogados, psicólogas, arquitectos, kinesiólogos. Y también diseñadores, programadoras, traductores, community managers, fotógrafos y editores. Trabajan por su cuenta, venden su tiempo y su conocimiento, y facturan honorarios. Son el grupo más grande del Monotributo.
Esta guía junta lo que le pasa a este público y no tanto a un comercio: la matrícula, cómo facturar honorarios según quién te paga, las retenciones, los clientes que vuelven todos los meses y los que están afuera. Al final tenés el orden de guías que te conviene seguir.
Monotributo o Responsable Inscripto
La mayoría empieza en el Monotributo, y tiene sentido: pagás una cuota fija por mes que incluye el impuesto, tu jubilación y tu obra social, y facturás con Factura C. Elegís la actividad de servicios y la categoría según lo que facturás en doce meses. La tabla está en las categorías del Monotributo.
Dos situaciones típicas de este público hacen pensar en el régimen general:
- Tus clientes son empresas grandes que te piden Factura A para tomar el IVA como crédito. Como monotributista no podés hacerla.
- Facturás mucho. El Monotributo tiene un tope de ingresos por año: el de la categoría más alta es de $ 126.610.838,751.
La comparación completa está en Monotributo o Responsable Inscripto, y el momento de cambiar, en cuándo pasar a Responsable Inscripto.
Matrícula, colegio y caja profesional
Si tu profesión está regulada (contador, abogada, psicólogo, médica, arquitecto, kinesióloga, entre muchas otras), para ejercer necesitás la matrícula del colegio o consejo profesional de la provincia donde trabajás. Es un trámite aparte de ARCA: inscribirte en el Monotributo no te habilita a ejercer, y la matrícula no te inscribe en ARCA. Hacen falta las dos. Si trabajás en salud, cómo facturarles a pacientes, obras sociales y prepagas está en Profesionales de la salud.
La caja profesional. En algunas provincias y profesiones hay una caja de previsión propia, y aportar a ella puede ser obligatorio. Si aportás a una caja, decilo al inscribirte en el Monotributo: el sistema te lo pregunta, porque cambia qué componentes de la cuota pagás. Lo mismo si además trabajás en relación de dependencia o sos jubilado: cómo queda la cuota en cada caso está en Monotributo si también sos empleado, jubilado o aportás a una caja profesional. En esos casos, revisá tu situación con un contador antes de inscribirte.
Si tu trabajo no es una profesión regulada (diseño, programación, redacción, traducción sin título, fotografía, redes), no necesitás matrícula para trabajar. Tu inscripción es la de ARCA y la de tu provincia.
Facturar honorarios
La factura de un profesional se parece a cualquier otra: la diferencia está en a quién le facturás. Siempre elegís el concepto Servicios, y ARCA te pide el período que cubre la factura y el vencimiento del pago.
¿Cuándo se factura? La Resolución General 5866/2026 fija la fecha límite: un trabajo puntual, el día que lo terminás o el día que cobrás, lo que pase primero; un servicio continuo, como un honorario mensual, a más tardar el último día de cada mes, salvo que cobres antes. Todos los casos están en cuándo tenés que facturar.
A empresas
- Si sos monotributista, emitís Factura C, sea cual sea la empresa.
- Si sos Responsable Inscripto, emitís Factura A a otros responsables inscriptos y a monotributistas, y Factura B a los exentos.
La empresa te va a pedir tu constancia de inscripción, a veces un contrato o una orden de compra, y puede pagarte a plazo, según su circuito de pagos. Preguntalo antes de empezar: tu flujo de caja depende de eso. El detalle de las letras está en Factura A, B, C o E.
A particulares
Un paciente, un cliente que te encarga un plano, un alumno. Es un consumidor final:
- Si sos monotributista, Factura C; si sos Responsable Inscripto, Factura B.
- Podés facturarle sin identificarlo mientras el importe sea menor a $ 10.000.000,002. Desde ese monto, la factura lo identifica con su DNI, su CUIL o su CDI. El detalle está en factura a consumidor final.
- Si te pide la factura con su CUIT para deducirla en Ganancias, se la hacés con su CUIT, sea cual sea el importe.
Facturá cada cobro. Los honorarios que cobrás por transferencia quedan registrados en tu banco, y tienen que coincidir con lo que facturaste.
Al exterior
Si tu cliente está afuera, emitís Factura E, desde un punto de venta de exportación, en la moneda que pactaron. No lleva IVA y cuenta para tu categoría. Está todo en Factura E: cómo facturar al exterior y en dólares, y cómo recibir la plata, en cobrar del exterior.
Cuánto cobrar
Tu tarifa no sale de la de un colega: sale de lo que querés ganar, tus costos fijos, tus horas facturables y un margen para los meses flojos. La cuenta paso a paso, con ejemplos de una psicóloga y un diseñador, está en cuánto cobrar por hora.
Si tu colegio publica honorarios mínimos o de referencia, conocelos, pero hacé igual tu cuenta: un mínimo no te dice si a vos te alcanza.
Retenciones de Ganancias sobre honorarios
Algunas empresas y organismos son agentes de retención: cuando te pagan, se quedan con una parte y se la pagan a ARCA a tu nombre. Lo más común en honorarios es la retención de Ganancias de la Resolución General 830.
- Si sos monotributista, ARCA considera exentas de esta retención las operaciones de los inscriptos en el Monotributo (RG 830, sujetos exentos). La empresa lo comprueba con tu constancia de inscripción: tenela a mano y actualizada.
- Si sos Responsable Inscripto, el ejercicio de profesiones liberales y oficios está entre los conceptos sujetos a retención. Lo retenido no es un gasto: es un pago a cuenta de tu Ganancias (cómo se paga Ganancias). Pedí siempre el certificado y guardalo.
Los mínimos y los porcentajes de la retención cambian: no los tomes de una nota vieja. Si te retienen, tu contador los necesita para tu declaración. Cómo se registran y se descuentan está en retenciones y percepciones.
Ingresos Brutos y sus exenciones
Ingresos Brutos es un impuesto de tu provincia, aparte del Monotributo. En muchas provincias el régimen simplificado se paga junto con la cuota del Monotributo; en otras es un trámite propio. Cómo inscribirte está en Ingresos Brutos: cómo inscribirte en tu provincia, y cómo se declara cada mes, en Ingresos Brutos mes a mes.
Cada provincia decide qué actividades paga y cuánto, y algunas tienen exenciones o bonificaciones para ciertas actividades, con condiciones. No lo des por hecho: consultalo en el organismo de tu provincia o con tu contador antes de facturar.
Un caso concreto: en la Ciudad de Buenos Aires, quien está en el Régimen Simplificado y presta servicios de manera independiente sin ser profesional tiene una bonificación en Ingresos Brutos. Es del 100 %3 en las categorías A a C3 y del 75 %3 en las D a H3, sin trámite, siempre que no tengas deuda en el impuesto. Entre los beneficiados, el Gobierno de la Ciudad nombra a fotógrafos y editores. Si tu actividad es un servicio independiente sin título profesional, fijate si te alcanza.
Clientes fijos: abonos
Muchos profesionales tienen clientes que pagan todos los meses: un contador con su cartera, una psicóloga con pacientes de tratamiento largo, un programador con un soporte mensual, un community manager con sus marcas. Facturarles lo mismo cada mes tiene su propia rutina: el acuerdo por escrito, el período, el vencimiento del pago y una regla para actualizar el precio. Está en facturar lo mismo todos los meses.
Tu recorrido
Las guías que le sirven a un profesional o a un freelancer, en el orden en que suelen hacer falta:
- Monotributo o Responsable Inscripto
- Si también sos empleado, jubilado o aportás a una caja: Monotributo con otro trabajo
- Cómo inscribirte en el Monotributo
- Tu primera factura electrónica
- Cuándo tenés que facturar
- Cuánto cobrar por hora
- Facturar lo mismo todos los meses
- Cuenta corriente de clientes
- Si tenés clientes afuera: Factura E y cobrar del exterior
- Ingresos Brutos: cómo inscribirte y mes a mes
- Retenciones y percepciones
- Separar la plata del negocio de la tuya
- La recategorización del Monotributo
- Cuándo pasar a Responsable Inscripto
En resumen
- La mayoría empieza en el Monotributo, en la actividad de servicios; el régimen general aparece cuando tus clientes piden Factura A o cuando facturás cerca del tope.
- Si tu profesión está regulada, necesitás la matrícula de tu colegio además de la inscripción en ARCA.
- A empresas y particulares les facturás con tu letra de siempre; al exterior, con Factura E.
- Como monotributista estás exento de la retención de Ganancias de la RG 830; como Responsable Inscripto, lo retenido es un pago a cuenta.
- Ingresos Brutos depende de tu provincia: consultá si tu actividad tiene alguna exención o bonificación.
- Para los clientes de todos los meses, armá un abono con su regla de actualización.
Fuentes
- 1ARCA — Monotributo: montos y categorías vigentes. Vigente desde el 1 de agosto de 2026. Consultada el 27 de septiembre de 2026.
- 2Boletín Oficial — Resolución General ARCA 5866/2026. Vigente desde el 1 de julio de 2026. Consultada el 27 de septiembre de 2026.
- 3Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires — Eliminación de Ingresos Brutos a trabajadores no profesionales. Consultada el 27 de septiembre de 2026.
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